El Ayuntamiento de Benidorm avanza en el cambio de la norma que permitirá ampliar el número de calles reconocidas como ejes comerciales. En su momento, se informó que la propuesta de viales para que fueran contemplados como ‘ejes comerciales’ son Ametlla del Mar, Beniardá, Foietes, Esperanto, Armada Española y Vicente Llorca Alós, así como las zonas peatonales. Una propuesta que se explicó en el Consejo Asesor de Escena Urbana hace tres años y que habrá que detallar en la siguiente fase del procedimiento, en la que se podrían añadir otras sugerencias planteadas por Aico, la asociación de comerciantes de Benidorm.

Según recoge el decreto, el informe ambiental favorable estudia que se pueda extender los ejes comerciales «a las calles de fuerte demanda comercial, concepto que es variable en el tiempo, como ha demostrado la pandemia, por lo que debe incorporase una norma que derive a estudios sectoriales y ordenanzas de fácil tramitación administrativa su alteración por cambios de la oferta y/o la demanda comercial».

Con ello, aceptarán la implantación de actividad comercial en los sótanos y primeras plantas de los locales en los que hasta ahora no se podía por no tener esta calificación.

Además, incluyen la petición del Servicio Territorial de Urbanismo de Alicante que reclamaba que el mecanismo de gestión de las actuaciones de dotación fuera a través de Programas de Actuación Aislada, en lugar de planes de reforma interior, para darle más agilidad porque no sería necesaria el trámite ambiental.

Esto afectará al valor del cambio de uso del aprovechamiento bajo rasante en zonas de ordenación de Edificación Abierta (EA) y (VU), análoga a la Mod 01. Para ello, la ‘tabla de fondo’ será el nuevo coeficiente que ponderará el valor comercial de un sótano en función de la posición del uso respecto a las calles con las que conecta, escaleras, etc. en comparación a un local equivalente en planta baja.

También se podrán beneficiar los hoteles, ya que se les podrá aplicar la ‘tabla de fondo’ al uso terciario-comercial en primera planta y sótano de estos establecimientos situados en zonas de edificación abierta EA y VU. No obstante, no deben ser incluidos en los incrementos del 15/40% del aprovechamiento como pueden ser las discotecas, bares, restaurantes, tiendas, spas, etc. que no es uso exclusivo para los clientes.

Se aplicará también la ‘tabla de fondo’ al uso dotacional privado lucrativo en estos mismos espacios que estén situados en zonas de ordenación de Edificación Abierta EA y VUU, no incluido en el incremento de aprovechamiento.

Según el análisis ambiental, estas nuevas actuaciones «serán de escasa relevancia y pequeña entidad», pero considera que a largo plazo pueden contribuir a una mejora del paisaje urbano.

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