El IVA en España es el impuesto indirecto más importante. Se cobra tanto sobre bienes como sobre servicios, y actualmente su tasa base es del 21%. Nuestro artículo no se refiere a Canarias, Ceuta y Melilla. Estas zonas están sujetas a impuestos locales específicos similares al IVA.

Hablando del IVA en España, es imposible no mencionar una bonificación especial, que o simplifica o, por el contrario, complica la vida de los empresarios que trabajan en el comercio minorista: Recargo de Equivalencia. Esta bonificación no se aplica a las empresas, tienen en cuenta el IVA de forma tradicional, pero como nuestro artículo sobre impuestos trata de los negocios en España en general, debemos mencionar los detalles de cómo trabajan los empresarios. También nos referiremos a la contabilidad del IVA para transacciones internacionales en el territorio de la Unión Europea.

IVA en España para Personas Jurídicas

 

IVA en España para Personas Jurídicas

En la mayoría de los casos, las personas jurídicas en España tienen en cuenta el IVA según el régimen estándar y compensan las cantidades devengadas para el pago del presupuesto y para la devolución:

  • El IVA a pagar se calcula sobre la base de las facturas emitidas por la empresa a sus clientes.
  • El IVA a devolver se calcula sobre la base de las facturas pagadas por la propia empresa.

La diferencia entre el IVA pagadero y el IVA reembolsable se refleja en la declaración correspondiente y se transfiere al presupuesto o se solicita del presupuesto.

Las Pequeñas y Medianas Empresas realizan la declaración bajo el Modelo 303 una vez al trimestre, hasta el día 20 de los siguientes meses: abril, julio y octubre, y del 1 al 30 de enero. El cálculo se registra sobre base devengada, y si la cuarta declaración tiene un resultado negativo, el contribuyente tiene derecho a solicitar la devolución.

Las devoluciones de IVA generalmente se realizan entre marzo y junio del año siguiente al año de declaración. La declaración anual del modelo 390 se realiza al mismo tiempo que la declaración del 4º trimestre del período de declaración.

En determinados casos, se permite presentar declaraciones de IVA de forma mensual, y bajo esta modalidad de declaración, la devolución se realizará mensualmente. Por lo general, la presentación mensual es elegida por empresas recién establecidas que incurren en grandes gastos en aranceles e impuestos en la primera etapa de establecimiento y desarrollo de un negocio.

Además del Modelo 303, la Autoridad Tributaria requiere que estas empresas llenen un Modelo 340 de antecedentes adicionales para las transacciones registradas en los libros de la empresa. Además, los libros de contabilidad del IVA deben estar disponibles en formato electrónico a través de la cuenta personal de la empresa en el sitio web del servicio de impuestos.

La situación se vuelve más complicada si la empresa realiza varios tipos de actividades a la vez, algunas de las cuales están sujetas al IVA, mientras que otras no. Por ejemplo, los servicios educativos y dentales están exentos de impuestos. Esto complica mucho la contabilidad, ya que implica la contabilidad proporcional del IVA para ciertos tipos de gastos.

IVA en España para emprendedores individuales

IVA en España para emprendedores individuales

Si un empresario individual en España trabaja en el sector minorista y vende el producto al consumidor final en la forma en que se encuentra, sin realizar cambios, entonces está obligado a aplicar un régimen especial de contabilidad del IVA, lo que implica el uso de un subsidio especial –
Recargo de Equivalencia.

Los siguientes recargos se aplican a las tasas de IVA vigentes:

  • 5,2% para bienes sujetos al IVA a la tasa del 21%;
  • 1,4% para bienes sujetos al IVA a la tasa del 10%;
  • 0,5% para bienes sujetos al IVA a la tasa del 4%;
  • 0,75% para tabaco.

Por un lado, tal asignación implica el pago de una mayor cantidad de IVA al presupuesto. Por otro lado, el empresario queda liberado de la obligación de declarar el IVA al fisco.

La asignación se asignará como una línea separada además del IVA principal en todas las facturas de los proveedores con los que trabaja el empresario. Y son los proveedores los que estarán involucrados en la declaración y transferencia del IVA al presupuesto. El propio empresario, al estar exento del IVA, no tiene derecho a exigir un reembolso en caso de costos elevados o resultados negativos de las actividades.

Estos matices deben tenerse en cuenta si había planes para una inversión significativa en su propio negocio y el negocio en sí implica la contabilidad del IVA con un suplemento.

IVA en España para Transacciones Internacionales

Las empresas que operan en el mercado europeo y se dedican a la importación-exportación de mercancías se registran ante las autoridades fiscales mediante la presentación de una declaración en el modelo 036, después de lo cual reciben un número de IVA especial (NIF-IVA). Para que las facturas se emitan sin IVA es imprescindible que se cumplan una serie de condiciones por parte del comprador y proveedor de los bienes.

  • El transporte de mercancías tiene que ir de un país de la UE a otro país de la UE (a excepción de Canarias, Ceuta y Melilla, donde se aplica otro impuesto equivalente al IVA).
  • Tanto el comprador como el proveedor deben ser empresarios o personas jurídicas.
  • Tanto el comprador como el proveedor deben estar registrados en el Sistema de Intercambio de Información de IVA (Censo VIES) y en el Registro de Operadores Intracomunitarios (ROI).

En este caso, el exportador no incluye el IVA en la factura, y el importador paga el IVA a las tasas que sean aplicables en su país al momento del paso de las mercancías por la aduana. Lo mismo ocurre con los servicios prestados en toda la UE.

Todas las transacciones deben informarse en los formularios 303 y 349. Este último se presenta una vez al mes, cada dos meses, una vez al trimestre y una vez al año, dependiendo del volumen de transacciones internacionales.

IVA en España al comprar una propiedad

IVA en España al comprar una propiedad

En cuanto a los bienes inmuebles en España, aquí se aplican dos tasas: 10% y 21%.

A continuación enumeramos los tipos de transacciones inmobiliarias en las que se paga IVA en España. En todos los demás casos, las transacciones están sujetas al Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales (ITP) a las tasas especificadas por cada autonomía individual. Estos incluyen, por ejemplo, muchas transacciones inmobiliarias realizadas en el mercado secundario.

El monto del impuesto a pagar se calcula a partir del precio de la propiedad indicado en la escritura notarial de venta.

21% IVA

  • Construcción en proceso (propiedad residencial y comercial);
  • La construcción está terminada, pero el edificio no ha sido comisionado;
  • Edificio para remediación posterior y venta (el vendedor es una persona jurídica);
  • Se completó la construcción, se puso en marcha la instalación comercial (venta primaria y todas las reventas posteriores en el mercado secundario);
  • La construcción está terminada, el edificio ha sido puesto en servicio, se ha comprado un espacio de garaje y/o cuartos de servicio ***.

10% IVA

  • Se completa la construcción, se ha puesto en marcha la instalación residencial (apartamentos, estudios, casas adosadas), se emite una licencia para asentamiento primario;
  • Se completó la construcción, se puso en servicio el edificio, se compró un espacio de garaje y/o cuartos de servicio*;
  • Finaliza la construcción, se ha puesto en marcha el equipamiento residencial (viviendas unifamiliares con terreno propio)**.

El IVA en España al tipo del 10% grava la compraventa de una plaza de garaje (máximo, 2 plazas por apartamento) y dependencias (sótano, buhardilla, trasteros, etc.), siempre que la compra se realice simultáneamente con la compra de la vivienda y se hace constar este hecho en la misma escritura de compraventa. La plaza de garaje y los trasteros deben estar ubicados obligatoriamente en el mismo edificio que la vivienda.

** Siempre que la superficie del terreno no supere los 5.000 m². Los metros cuadrados de terreno, a partir de 5.001 y más, están gravados con una tasa de IVA del 21%.
*** El IVA en España al tipo del 21% grava la compraventa de plazas de garaje y trasteros, si la compra no se realiza simultáneamente con la compra de vivienda y/o estos inmuebles están ubicados en otro edificio.

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