La rehabilitación de viviendas no es solamente una cuestión de modernización o estética, sino que tiene un fuerte componente medioambiental y económico. A través de estas reformas, se busca mejorar la eficiencia energética de los hogares, es decir, un menor consumo de recursos y un menor impacto ambiental.

Por lo tanto, la Comisión Europea ha aprobado una extensión en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia que impacta directamente en las ayudas destinadas a las reformas individuales de las viviendas.

Esta medida, que prorroga el plazo hasta finales de 2024, concede a los contribuyentes la oportunidad de beneficiarse de deducciones significativas en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF). Estas deducciones pueden alcanzar hasta un 60% de los importes invertidos en obras de rehabilitación de la vivienda habitual o de mejora en la eficiencia energética.

Deducciones por rehabilitación en vivienda habitual

Las deducciones varían según el tipo de obra realizada. Para reducir la demanda de calefacción o refrigeración, se establece una deducción del 20% de las cantidades invertidas, mientras que, para mejoras en el consumo de energía primaria no renovable, la deducción asciende al 40%.

Además, para aquellos propietarios de viviendas ubicadas en edificios residenciales que han llevado a cabo obras de rehabilitación energética, se contempla una deducción del 60%.

Detallamos a continuación las deducciones dependiendo del tipo de obra realizada:

  • Deducción del 20% en IRPF por obras de reducción de demanda de calefacción o refrigeración: realizadas entre la entrada en vigor del Real Decreto Ley 19/2021 y el 31 de diciembre de 2024. Se requiere un certificado de eficiencia energética que demuestre al menos un 7% de reducción en consumo después de las obras. La deducción se aplica en el período impositivo del certificado emitido después de las obras, o en el período en que se abonaron las cantidades, si el certificado es posterior. La base máxima anual es de 5.000 euros.
  • Deducción del 40% por mejoras en consumo de energía primaria no renovable en vivienda habitual o alquilada, entre la entrada en vigor del decreto y el 31 de diciembre de 2024. Se requiere una reducción del 30% en el consumo de energía o lograr una clasificación energética A o B. Esta deducción se aplica en el periodo del certificado de eficiencia energética emitido después de las obras o en el período en que se abonaron las cantidades, considerando el certificado posterior. La base máxima anual es de 7.500 euros.
  • Deducción del 60% para propietarios de viviendas en edificios residenciales donde se hayan realizado obras de rehabilitación energética: entre la entrada en vigor del Real Decreto y el 31 de diciembre de 2024. Se consideran obras de rehabilitación energética aquellas que mejoren la eficiencia energética del edificio al menos un 30% o logren una clasificación energética A o B. Además, se incluyen plazas de garaje y trasteros adquiridos con estas obras. La base máxima anual es de 5.000 euros y, en el caso de comunidades de propietarios, la deducción se distribuye según el coeficiente de participación de cada vecino.

Condiciones y limitaciones de las deducciones

Estas deducciones tienen condiciones específicas como la emisión de un certificado de eficiencia energética antes y después de las obras, y la limitación de las bases máximas anuales de deducción, establecidas en 5.000 euros para algunas categorías. Además, las tres deducciones son compatibles entre sí para una misma obra, pero sí pueden combinarse en diferentes obras.

Para beneficiarse de estas deducciones, es necesario contar con un certificado de eficiencia energética tanto antes como después de realizar la obra.

Este certificado debe ser emitido por un profesional competente y reflejará la mejora en la eficiencia energética de la vivienda tras la realización de las obras.

Fechas límite

  • 31 de diciembre de 2024: Fecha límite para beneficiarse de las deducciones en el IRPF.
  • 1 de enero de 2025: Fecha máxima para la expedición de los certificados de eficiencia energética relacionados con las obras.

Proceso de solicitud de ayudas

El proceso para solicitar estas ayudas comienza en la Oficina de Rehabilitación de tu comunidad autónoma. Simplemente seleccione su comunidad autónoma y serás redirigido a su web oficial, donde encontrarás toda la información detallada sobre cómo tramitar tu solicitud.

En estas páginas web tendrás acceso a plantillas online con los formularios necesarios para iniciar el proceso. Estos formularios te guiarán sobre la información y documentación que debes presentar. Aunque el proceso no es completamente online, la web de tu Comunidad

Autónoma te proporcionará toda la información necesaria y te indicará dónde debes entregar los formularios.

Herramientas online para ayudarte

Aunque el proceso de solicitud no se realiza totalmente en línea, como hemos mencionado anteriormente, hay herramientas disponibles en internet que pueden ser de gran ayuda.

Por ejemplo, en la web https://renueva.five.es/ encontrarás un simulador de ayuda que te permitirá calcular el consumo energético de tu edificio y evaluar su potencial de mejora.

Esto es importante para determinar si tu proyecto cumple con los mínimos estipulados en las condiciones de las ayudas.

Bono de alquiler joven

En 2024 se mantendrá el bono joven del alquiler, que se encuentra regulado en el Plan estatal para el acceso a la vivienda, que abarca de 2022 a 2025. Se trata de una ayuda de 250 euros al mes durante dos años para sufragar los gastos del arrendamiento a menores de 35 años que estén trabajando. En este caso, son las comunidades autónomas las que se encargan de poner en funcionamiento la ayuda y ejecutar los pagos.

Las ayudas a la rehabilitación de vivienda representan una gran oportunidad para mejorar la calidad y eficiencia de nuestros hogares. Con la extensión de estas ayudas hasta 2024, se espera que un elevado número de propietarios opte por embarcarse en estos proyectos, contribuyendo así a un modelo de vivienda más sostenible y eficiente.

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