¿Qué es la plusvalía municipal?

La plusvalía municipal, también conocida como el Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana (IIVTNU), es el impuesto directo que grava el aumento del valor de un inmueble durante los años de posesión y hasta su transmisión.
Esto significa que, si vas a vender un piso o una casa, la plusvalía municipal establece cuánto se ha revalorizado tu propiedad durante todo el tiempo que ha sido tuya. Este impuesto es competencia única y exclusiva de cada ayuntamiento (Real Decreto Legislativo 2/2004, 5 de marzo).

¿Quién paga la plusvalía municipal?

Como hemos mencionado anteriormente, la plusvalía municipal es un impuesto local recaudado por los ayuntamientos. Este tributo lo paga el vendedor del inmueble. En algunos casos puede ser pagado por el comprador, si ambas partes lo establecen así.

Pero también existen excepciones sobre quién paga la plusvalía municipal. Cuando la persona que transfiere la vivienda no reside en España, será el comprador quien deberá hacer frente al pago del tributo.

Además, en el caso de una donación, es la persona que recibe el bien la que debe pagar la tasa municipal. Por otro lado, los contribuyentes que hereden un inmueble también deberán pagar este impuesto.

¿Cómo calcular la plusvalía?

Para calcular el importe de la plusvalía municipal hay que aplicar al incremento del valor del terreno el tipo de tributo fijado por cada ayuntamiento en concreto. Este tributo en ningún caso puede superar el 30 por ciento.

El incremento del valor del terreno varía en función de dos factores. Por un lado, varía en función del valor en el momento de transmisión. Por otro lado, también cambia en función de los años que el transmisor ha sido propietario del terreno, con un máximo de veinte años. Este valor puede consultarse en el recibo del IBI (Impuesto sobre Bienes Inmuebles).

Para determinar el importe exacto de la plusvalía, se multiplica el valor del terreno por el número de años que se ha tenido la propiedad y por el porcentaje anual que determine cada ayuntamiento dentro de los límites legales.

¿Cuánto tiempo hay para pagar el impuesto?

El tiempo que tienes para pagar el impuesto depende del tipo de operación que vayas a realizar. Por ejemplo, en una compraventa o donación de vivienda, el plazo es de 30 días hábiles a partir de la fecha de transmisión.

Pero si se trata de una herencia, dispone de 6 meses a partir de la fecha de defunción, prorrogables a un año si se solicita por escrito dentro de los seis primeros meses.

Otro detalle a tener en cuenta son los plazos, pues no hacer el pago dentro de las fechas habilitadas para cada caso puede suponer sanciones y recargos extra.

En ese caso, además de pagar la totalidad del importe correspondiente, también tendrás que asumir los intereses de demora, la sanción por incumplimiento del pago y el recargo por pagarlo fuera de plazo, lo que se denomina presentación extemporánea.
En el caso de que continuase sin realizar el pago, el ayuntamiento podría reclamar el importe por vía ejecutiva e incluso podría embargar tus bienes y activos para cobrar la deuda.

¿Por qué es importante y en qué te puede afectar?

La plusvalía municipal se convirtió en un impuesto polémico porque este tributo se aplicaba con independencia de si existía o no un beneficio derivado de la venta. Esto significaba que, si vendías tu casa a un precio inferior al que compraste, también tenía que pagar la plusvalía municipal.

Por ese motivo, en los últimos años, su aplicación ha sido puesta en entredicho. Pero hace meses el Tribunal Constitucional estableció que no era legal el cobro de la plusvalía cuando un inmueble había sido transmitido por un precio igual o inferior a su precio de adquisición.

A partir de ahí, las personas que habían tenido que pagar el impuesto aunque hubieran vendido su casa a un precio inferior, tuvieron la posibilidad de reclamar la devolución del impuesto.

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