A la hora de decidir dar a luz en España, es importante recordar: la asistencia sanitaria pública que presta el Sistema Nacional de Salud debe prestarse SIEMPRE a todas las mujeres extranjeras embarazadas, independientemente de su situación administrativa, circunstancias, tiempo de residencia en España o de su país de origen. Eso debe estar disponible para ellos sin ninguna condición adicional.

Las leyes españolas establecen que las mujeres extranjeras embarazadas, que residan en España de forma temporal o permanente, tienen derecho a la asistencia sanitaria durante su embarazo, parto y postparto.

Entre los servicios prestados se encuentran los que se prestan en el listado de los servicios nacionales de salud.

Dar a luz en España: atención primaria a la mujer embarazada

  • Detección temprana del embarazo y riesgos potenciales.
  • Seguimiento de embarazo normal de forma coordinada y documentada con atención especializada, según recomendaciones de los servicios de salud.
  • Educación materna, incluyendo la promoción de la lactancia materna, prevención de la incontinencia urinaria y preparación para el parto.
  • Durante el primer mes de postparto, visita para evaluar el estado de salud de la mujer y del recién nacido.

Dar a luz en España: servicios de cuidado infantil

  • Valoración del estado nutricional, del desarrollo físico y psicomotor del niño.
  • Prevención de la muerte súbita del lactante.
  • Consejos generales sobre desarrollo infantil, hábitos nocivos y estilos de vida saludables.
  • Educación sanitaria y prevención de accidentes infantiles.
  • Orientación avanzada para la prevención y detección de problemas de sueño y esfínteres.
  • Detección y seguimiento de niños con discapacidad física o psíquica.
  • Detección y seguimiento de niños con patologías crónicas.

Dar a luz en España: atención especializada

  • Seguimiento del embarazo, de forma coordinada y documentada con atención primaria, según recomendaciones de los servicios de salud.
  • Atención obstétrica para parto normal en el departamento de hospitalización (incluida la epidural de acuerdo con los protocolos médicos) y otros cuidados de salud requeridos durante el embarazo, parto contractivo, trabajo de parto medio, parto y expulsión de la placenta.
  • Procedimientos para el diagnóstico, tratamiento médico y quirúrgico de las complicaciones del embarazo, parto y postparto.
  • Prescripción y realización de pruebas y procedimiento de diagnóstico, incluido el cribado neonatal.
  • Atención de anomalías congénitas y enfermedades del recién nacido surgidas en el periodo perinatal. Terapia intensiva, incluida la atención neonatal.

Para obtener asistencia sanitaria gratuita, una persona embarazada que no sea residente en España debe acudir al Centro de Salud más cercano y solicitarla. El Centro de Salud le entregará todos los documentos necesarios para el control de su embarazo y parto en los médicos correspondientes.

También hay que recordar que un niño nacido en España no recibe automáticamente la nacionalidad de este país, pero si se dan determinadas circunstancias, se puede solicitar.

Una lista de países cuyos residentes pueden solicitar la ciudadanía española para sus hijos nacidos en España, y obtenerla de forma simplificada (no automática):

  • Argentina
  • Colombia
  • Costa Rica
  • Chile
  • Ecuador
  • Guinea (Guinea-Bissau)
  • Marruecos
  • Palestina
  • Perú
  • Sahara
  • Suiza
  • Sao Tome y Príncipe

Pero en su conjunto, según el artículo 17 del Código Civil, son españoles de origen aquellos hijos que hayan nacido de padre o madre españoles. Por tanto, aquellos hijos nacidos en España de padres extranjeros adquieren la nacionalidad de sus padres y no son españoles de origen.

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