En 2025, España prevé un aumento de ciertos impuestos que supondrá un coste total de casi 18.000 millones de euros para los presupuestos de empresas y hogares.
Desde 2018, se han introducido nuevos impuestos y se han incrementado los ya existentes de forma constante. El año 2025 no será una excepción. El Ministerio de Hacienda planea incrementar la recaudación fiscal en más de 7.000 millones de euros, lo que equivale a una carga adicional de 371 € por familia.
A ello se suma el aumento de las cotizaciones sociales para autónomos y trabajadores por cuenta ajena (en este último caso, el peso principal recaerá en los empleadores), con un coste adicional estimado entre 215 y 1.100 € anuales.
Novedades fiscales en España en 2025
Los aumentos de impuestos, tasas y aranceles afectarán a 10 grupos de bienes y servicios:
- IVA en alimentos
Durante casi todo 2024, los productos básicos estuvieron gravados con un IVA del 0%. A partir del 1 de enero de 2025, se aplicarán tipos reducidos que variarán según el producto: 4%, 7,5% o 10%.
- IVA en la electricidad
Las facturas eléctricas se han incrementado notablemente en enero de 2025 debido al aumento del IVA del 10% reducido al 21% general.
- Tasa de recogida de residuos
Este nuevo impuesto entrará en vigor en abril de 2025 en municipios con más de 5.000 habitantes. Los contribuyentes pagarán significativamente más y las categorías que antes estaban exentas perderán su beneficio y deberán abonar el impuesto.
- Impuestos especiales sobre productos de tabaco
A partir del 1 de abril de 2025, los líquidos para cigarrillos electrónicos y vapes estarán sujetos a los mismos impuestos que el tabaco convencional. Esto afectará tanto a vendedores como consumidores y elevará los precios.
- Bancos y compañías energéticas
Se aplicará un impuesto progresivo del 7% sobre los márgenes financieros y comisiones que superen los 5.000 millones de euros. Este impuesto no será deducible en el Impuesto sobre Sociedades. La continuidad del impuesto temporal sobre beneficios extraordinarios de las energéticas aún está pendiente de confirmación.
- IRPF (Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas)
El tipo máximo del IRPF aumentará del 28% al 30% para ingresos superiores a 300.000 € anuales, incluyendo intereses, dividendos, seguros e ingresos por venta de inmuebles.
- Impuesto sobre Sociedades
Las pequeñas y medianas empresas (PYMES) podrán aplicar un tipo reducido del 20% en lugar del 25%. En cambio, las grandes empresas con beneficios en el extranjero estarán obligadas a tributar a tipos más altos.
- Operadores móviles
Desde el 1 de enero de 2025, los principales operadores móviles —Movistar, Vodafone y Orange— han incrementado sus tarifas entre un 3% y un 5%, lo que supone un aumento medio de entre 2 y 6 € al mes o 24–76 € anuales.
- Peajes en autopistas
En 2025, las autopistas gestionadas por el Estado (R-2, R-3, R-4, R-5, AP-41, M-12, AP-36, AP-7 Cartagena-Vera y AP-7 Circunvalación de Alicante) subirán un 2% para los vehículos sin telepeaje y hasta un 5% para los que utilicen el sistema electrónico.
En las autopistas concesionadas bajo titularidad estatal, las tarifas aumentarán entre un 3,84% y un 5,45%, según las condiciones de cada concesión. Afecta a las vías AP-51, AP-61, AP-6, AP-53, AP-66, AP-7 Alicante-Cartagena, AP-7 Málaga-Guadiaro, AP-68, AP-71, AP-9 y AP-46.
- Tarifas postales
Las tarifas de correo nacional e internacional han aumentado entre un 1,5% y un 9% dependiendo del tipo y peso del envío.
Deducciones fiscales del IRPF en España en 2025
Los contribuyentes podrán aplicar diversas deducciones en su declaración de la renta de 2025:
- Por hijos: Independientemente de la situación laboral de la madre, se podrá deducir hasta 1.200 € por cada hijo menor de 3 años.
- Planes de pensiones: Deducción de hasta 1.500 € por aportaciones a planes de pensiones.
- Venta de vivienda habitual por mayores de 65 años: Quienes vendan su residencia habitual no deberán declarar la ganancia obtenida.
- Inversiones en startups y nuevas empresas: Deducción del 30% hasta un máximo de 60.000 € anuales.
- Afiliación a sindicatos o partidos políticos: Deducción de hasta 600 € con la debida acreditación.
- Hipoteca: Quienes adquirieron vivienda antes del 1 de enero de 2013 podrán deducir el 15% de lo pagado hasta un máximo de 9.000 €.
- Alquiler de vivienda: Las deducciones varían según la comunidad autónoma y su legislación específica.
- Donaciones benéficas: Las donaciones realizadas pueden deducirse hasta un 80% del importe.
Beneficios fiscales para la eficiencia energética y la compra de vehículos eléctricos
El Gobierno de España ha prorrogado hasta finales de 2026 las deducciones actuales en el IRPF por obras de mejora energética en la vivienda y por la adquisición de vehículos eléctricos.
Mejora de la eficiencia energética de la vivienda
Los contribuyentes podrán deducir entre el 20% y el 60% del coste de las obras:
- 20% de deducción: Por obras que reduzcan al menos un 7% el consumo de energía en la vivienda habitual o destinada al alquiler. Requiere un certificado energético. Límite: 5.000 € por inmueble.
- 40% de deducción: Por obras que reduzcan en un 30% el consumo de energía primaria no renovable o mejoren la calificación energética a “A” o “B”. Límite: 7.500 €.
- 60% de deducción: Por obras en edificios residenciales completos que logren una mejora energética similar. Solo aplicable a personas físicas si se realizan trabajos de rehabilitación integral. Límite: 15.000 € por unidad de vivienda.
Compra de vehículo eléctrico
La deducción del 15% sobre el precio total (incluidos gastos e impuestos) de un coche eléctrico nuevo y la instalación del punto de recarga estará vigente hasta el 31 de diciembre de 2025.
La base máxima sobre la que se aplica la deducción es de 20.000 €.
Además, en febrero de 2025 el Gobierno anunció la prórroga del Plan MOVES, que ofrece ayudas directas a la compra de vehículos eléctricos. Aún no se han confirmado las nuevas condiciones o límites.
En 2024, el Plan MOVES ofrecía:
- 7.000 € por la compra de un coche eléctrico de hasta 45.000 €, con entrega de un vehículo viejo (más de 7 años).
- 4.500 € sin entrega de vehículo.
- Para híbridos con autonomía de 30–90 km: 5.000 € (con entrega) o 2.500 € (sin entrega).
- Para motocicletas eléctricas: entre 1.100 y 1.300 €.
- Para furgonetas eléctricas: entre 7.000 y 9.000 €.