El Congreso de los Diputados rechazó este 2 de octubre los dos reales decretos-ley en materia de vivienda aprobados días antes por el Gobierno. El primero obtuvo 172 votos a favor y 178 en contra, mientras que el segundo fue rechazado por 166 votos frente a 184.

Por tanto, las modificaciones previstas en ambos textos no quedarán incorporadas a la legislación en los términos planteados por el Ejecutivo.

¿Qué medidas incluía el primer decreto?

El primer decreto reunía un amplio paquete de medidas dirigido tanto a inquilinos y propietarios como a compradores de vivienda.

Entre otras cuestiones, contemplaba ampliar la protección frente a los desahucios de hogares vulnerables cuando no existiera una alternativa habitacional, introducir prórrogas adicionales para determinados contratos de alquiler próximos a finalizar y limitar la actualización de las rentas en algunos supuestos.

También se pretendía reforzar la regulación del alquiler de temporada y del alquiler por habitaciones, dos modalidades que han ganado peso en el mercado residencial español.

El paquete incorporaba además incentivos fiscales para propietarios e inquilinos, así como medidas relacionadas con el acceso a la primera vivienda y la ampliación del parque de vivienda asequible.

Tras el rechazo del Congreso, estas medidas no entrarán en vigor a través de este decreto.

También cae la nueva prórroga de los contratos de alquiler

El segundo decreto estaba centrado principalmente en la duración y renovación de los contratos de arrendamiento de vivienda.

El Gobierno planteaba reforzar la posibilidad de continuar con el contrato una vez terminado el periodo mínimo previsto por la ley. Esta propuesta se convirtió en uno de los puntos más controvertidos de la reforma.

Finalmente, el texto también fue rechazado: 166 diputados votaron a favor y 184 en contra.

Para propietarios e inquilinos, esto significa que el nuevo mecanismo de prórroga previsto por el decreto no se aplicará por ahora. Continúan vigentes las normas existentes antes de la aprobación de estas medidas temporales.

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¿Qué significa para el mercado inmobiliario español?

El rechazo de los decretos no deroga la actual Ley de Vivienda ni las disposiciones ya vigentes de la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU). La votación se refería a nuevas medidas que el Gobierno pretendía añadir al marco normativo actual.

Por ello, propietarios, compradores e inquilinos deben diferenciar entre las normas que ya están en vigor y las disposiciones incluidas en los dos decretos rechazados.

La vivienda, no obstante, seguirá siendo uno de los principales asuntos de la agenda política española. Los elevados precios de compra y alquiler, la falta de oferta en grandes ciudades y zonas turísticas, la regulación de los alquileres temporales y el acceso de los jóvenes a la vivienda continúan pendientes de nuevas negociaciones.

El Gobierno o los grupos parlamentarios podrán presentar nuevas iniciativas, incluso recuperando algunas de las medidas rechazadas, pero será necesario volver a conseguir respaldo parlamentario.

¿Puede este resultado provocar elecciones anticipadas?

Tras la derrota de los dos decretos, ha aumentado en los medios españoles el debate sobre una posible convocatoria de elecciones generales anticipadas.

La cuestión va más allá de la política de vivienda: el resultado vuelve a poner de manifiesto las dificultades del Gobierno para reunir una mayoría parlamentaria estable con la que aprobar iniciativas relevantes.

No obstante, a 2 de octubre no existe una decisión oficial de disolver las Cortes ni de convocar elecciones anticipadas. Por ahora se trata de un escenario político posible, no de una convocatoria electoral confirmada.

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